RESPONSABILIDAD CIVIL,
SEGURA
Este seguro de responsabilidad civil se contrata para proteger al asegurado del menoscabo económico que podría producirse como consecuencia de un daño causado a otra persona, ya sea material o personal y que origine una reclamación del perjudicado donde pueda ser imputado.
La ley del contrato de seguro establece el seguro de responsabilidad civil general entre los seguros contra daños, ya que el seguro cubre daños patrimoniales, es decir pérdidas económicas, ya que es lo que le produciría al asegurado el tener que pagar el daño con su patrimonio.
Dicho esto, al elegir una suma asegurada, también hay que tener en cuenta la intensidad del daño que podemos producir. Si por ejemplo perdemos el control de un dron, no es lo mismo que pueda acabar cayendo en un descampado o en una multitud de gente. Para elegir una suma asegurada adecuada en el seguro de responsabilidad civil general debemos tener muy presentes tanto la naturaleza del riesgo en sí, como la intensidad del daño que pudiéramos llegar a provocar.
En Mínguez Sáez trabajamos con una gran variedad de aseguradoras para ofrecerte un servicio personalizado que te permitirá conseguir el seguro de responsabilidad civil que mejor se adapte a ti. No dudes en consultarnos. Con nosotros estarás seguro, siempre.
Nos gustan las cosas muy claras por eso siempre explicamos las cosas de una forma sencilla y directa.
¿Y si aún tienes dudas? ¡Pregúntanos todo lo que necesites!
Preguntas frecuentes (FAQs)
La responsabilidad civil se define como la obligación de toda persona de pagar por los daños y perjuicios que cause en la persona o el patrimonio de otra.
Lo mejor será que contactes con nosotros y te guiaremos paso por paso.
Habitualmente, las compañías piden:
- un escrito de reclamación,
- la versión de los hechos del asegurado, junto con
- documentación del siniestro.
Con eso se puede empezar a valorar por la compañía lo sucedido, asignar letrado si fuera necesario…
Depende de la actividad profesional y del volumen de actividad que se trabaje. No es lo mismo la persona que factura 20.000 euros anuales de quien ya ha escalado a 100.000 euros. A más trabajo, más riesgo de posibles reclamaciones.
Responsabilidad Civil de Explotación, entendiéndose como tal, la que el asegurado (Empresa o persona física) deba afrontar como consecuencia directa del desarrollo de su actividad empresarial.
Responsabilidad Civil Patronal, entendiéndose como tal, la que para el asegurado (Empresas o persona física) resulte de lesiones o muerte sufridas por empleados a su servicio como consecuencia de un accidente de trabajo.
Responsabilidad civil Post-trabajos, entendiéndose como tal, la que sea imputable al asegurado (Empresas o persona física) por daños ocasionados por los trabajos realizados, una vez que estos hayan sido entregados.
Responsabilidad civil Productos, entendiéndose como tal, la derivada de los daños que pueda causar el producto obtenido (como consecuencia de la actividad empresarial) después de su entrega.
Responsabilidad civil Inmobiliaria/Locativa, entendiéndose por tal la que para el asegurado (Empresa o persona física) resulte de la propiedad o arrendamiento de la edificación en que se desarrolla la actividad.
Responsabilidad civil Subsidiaria, entendiéndose por tal la que el asegurado (Empresas o persona física) deba afrontar, aunque no directamente, por actos de terceros en conexión con su propia actividad.
Responsabilidad civil Cruzada, entendiéndose por tal la que para el asegurado (Empresas o persona física) resulte de daños corporales sufridos por empleados de Contratistas y Subcontratistas del asegurado.
Responsabilidad Civil Profesional, entendiéndose como tal, la que sea imputable al asegurado como resultantes de una acción u omisión involuntaria en el ejercicio de una actividad profesional. Se cubren los daños que puedan ocasionar los errores profesionales cometidos por personas que ejercen las actividades propias de la titulación que poseen.